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Revisado en noviembre de 2026

Alquilar un piso con mascota: lo que puede pedirte el casero y lo que no

Encontrar piso con perro o gato cuesta. Qué dice la ley de alquileres, qué se puede pactar y cómo convencer al propietario.

Lo que dice la ley

La Ley de Arrendamientos Urbanos no prohíbe tener animales en un piso alquilado. Pero el contrato puede decir si se permiten o no, y lo que firmes te obliga. Si el contrato no dice nada, tienes que cuidar la vivienda y respondes de los daños que cause tu animal.

Fianza y garantías

  • La fianza obligatoria es de un mes de renta (art. 36.1).
  • Se puede pactar una garantía adicional, por ejemplo por tener mascota. En contratos de vivienda de hasta cinco años, o siete si el propietario es una empresa, no puede ser de más de dos mensualidades (art. 36.5).
  • No pueden obligarte a contratar un seguro de impago.

Cómo convencer al propietario

  • Cuéntale cómo es tu animal: edad, tamaño, si está educado y si se queda solo.
  • Ofrécele una carta de referencia de tu anterior casero.
  • Enséñale que tienes seguro de responsabilidad civil para el animal.
  • Pon por escrito en el contrato que se permite tu mascota, con su nombre y especie.

Al irte

Haz fotos de la casa al entrar y al salir. Los arañazos, las manchas o los olores que cause el animal se pueden descontar de la fianza.