Revisado en noviembre de 2026
Alquilar un piso con mascota: lo que puede pedirte el casero y lo que no
Encontrar piso con perro o gato cuesta. Qué dice la ley de alquileres, qué se puede pactar y cómo convencer al propietario.
Lo que dice la ley
La Ley de Arrendamientos Urbanos no prohíbe tener animales en un piso alquilado. Pero el contrato puede decir si se permiten o no, y lo que firmes te obliga. Si el contrato no dice nada, tienes que cuidar la vivienda y respondes de los daños que cause tu animal.
Fianza y garantías
- La fianza obligatoria es de un mes de renta (art. 36.1).
- Se puede pactar una garantía adicional, por ejemplo por tener mascota. En contratos de vivienda de hasta cinco años, o siete si el propietario es una empresa, no puede ser de más de dos mensualidades (art. 36.5).
- No pueden obligarte a contratar un seguro de impago.
Cómo convencer al propietario
- Cuéntale cómo es tu animal: edad, tamaño, si está educado y si se queda solo.
- Ofrécele una carta de referencia de tu anterior casero.
- Enséñale que tienes seguro de responsabilidad civil para el animal.
- Pon por escrito en el contrato que se permite tu mascota, con su nombre y especie.
Al irte
Haz fotos de la casa al entrar y al salir. Los arañazos, las manchas o los olores que cause el animal se pueden descontar de la fianza.